El Adiós del Reino Unido
El 29 de marzo del 2019 se cumplirá el plazo establecido, para la salida del Reino Unido de la Unión Europea, el denominado “Brexit”. Las consecuencias comerciales inmediatas, no son totalmente visibles, menos para América Latina (AL). Entre otras razones, por no haber trascendido información que permita suponer cuál podría ser la repercusión para (AL) y sus economías domésticas. En este sentido si se desdoblan los sectores sujetos a examen, que puedan afectar, total o parcialmente, a las dos partes (RU y UE), no es fácil establecer hipótesis. Como toda negociación, queda sujeta al resultado de factores considerados, que hoy, aún no se manejan plenamente. Si se parte de una estructuración de grandes temas que podrían ser considerados en esa salida, ya que se darán dos tipos de efectos: directos e indirectos.
Los primeros –directos-, según resulten de la negociación de salida. Tendrán que ver con circulación de: personas, capitales, servicios y bienes. El juego de las variaciones de los precios, en los dos sentidos, podrá requerir un examen del comportamiento, entre otras cosas, de las modificaciones del tipo de cambio de la libra esterlina y la moneda local. Un efecto, por ejemplo, puede estar en el precio de las materias primas que adquiera el Reino Unido. A la inversa, otra situación puede ser el precio resultante, para compradores de productos y servicios británicos. Seguramente para adquisiciones importantes, se deberán acordar precios bajo condiciones de transición, para no afectar bruscamente los resultados. Quizás un Tratado de Libre Comercio del Reino Unido con los clientes afectados puede ser un mecanismo para impulsar.
Un tema bastante menor, del segundo tipo de efecto indirecto, pero para dar simple idea de magnitud y alcance, se deberán acordar hasta nuevos puntos geográficos de instalación de aduanas. Como podría ser el caso de Gibraltar.
Oportunamente la Primer Ministra británica Theresa May anunció que su gobierno considera oportuno la creación de una zona de libre comercio entre el Reino Unido y la Unión Europea. La misma serviría, post Brexit, para bienes industriales y productos agrícolas, durante cierto periodo y con un Reglamento común acordado.
La “Comisión Europea” que está trabajando en estos temas (generó unos 70 documentos) .Advirtió a las empresas, gobiernos e individuos que “deben prepararse para la posibilidad de que Reino Unido salga de la UE sin que se haya avanzado con un acuerdo”. Aunque, si se alcanzan “acuerdos”, se establecerá un periodo de transición, hasta el 31 de diciembre de 2020, durante el cual, las normas de la Unión Europea seguirán vigentes para Reino Unido, aunque no obligatorias.
Un comentario final sobre este proceso del Brexit. Cuando el Reino Unido se incorporó en 1973 a la entonces Comunidad Económica Europea, lo hizo con una gran esperanza de acrecentar su capacidad como participante de un proyecto interesante para futuros desarrollos. Hoy, con el Brexit, no resulta reconocible una expectativa similar. Especialmente en este mundo actual de cambios tecnológicos y de enfrentamientos comerciales peleando con espadas arancelarias (impuestos a las importaciones), y por iniciarse la “Guerra de las finanzas internacionales”, como resultado de la “Guerra Comercial” que se está en pleno desarrollo.
Este nuevo Reino Unido que vendrá podría generar oportunidades en el ámbito financiero y el comercio regional. Hay que prepararse para ello.